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PRUEBA

Aclaración sobre quién puede realizar las actividades de las tablas I, II y III:

Ver puntos 3 y 4 del Anexo II, que se resumen a continuación:

En el caso de las tablas I y III:

- Personal del fabricante o de la empresa mantenedora, si cumplen en ambos casos con los requisitos

establecidos en el Artículo 16 del reglamento sobre Habilitación de empresas mantenedoras.

- o bien, personal del usuario o titular de la instalación (sin necesidad de estar habilitado).

Nota: En el punto 3 del Anexo II se dice que las operaciones de las tablas I y III las puede

realizar el personal del usuario o titular de la instalación. Esto es debido a que estas

operaciones son relativamente sencillas por lo que se abre la posibilidad a que las haga, o

bien una empresa habilitada, o bien el propio usuario. En lo relativo a esto, se debe matizar

que el personal subcontratado no se debería considerar como personal del usuario, ya que

para ello ya existen las empresas habilitadas. Si se va a optar por subcontratar a otra

empresa para hacer labores de mantenimiento, lo correcto es que esta sea una empresa

habilitada.

En el caso de la tabla II:

- Personal del fabricante o de la empresa mantenedora, si cumplen en ambos casos con los requisitos

establecidos en el Artículo 16 del reglamento sobre Habilitación de empresas mantenedoras.

- Adicionalmente, se recuerda que en el Artículo 14 se dice que “El usuario (…), podrá adquirir la

condición de mantenedor (…), presentando la declaración responsable a la que se hace referencia

en el artículo 16 ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma”. Por lo tanto, estos

usuarios se consideran como mantenedores habilitados, y podrán realizar las operaciones de la

Tabla II en sus propias instalaciones (pero no en instalaciones ajenas).

Aclaración general sobre las operaciones de mantenimiento que aparecen en las tablas:

En algunos casos, en las tablas no se específica de forma detallada qué pasos hay que realizar, sino que

solo se dice el objetivo que se pretende conseguir con la operación. En caso de dudas, consultar la

documentación del fabricante. Además, para algunas operaciones existen normas (UNE, EN) que no se

han nombrado en las tablas, pero que se podrían usar de forma voluntaria.

En todo caso, independientemente del procedimiento utilizado para desarrollar las operaciones, el

mantenimiento realizado deberá poder garantizar que los productos están en correctas condiciones y que

ofrecen garantías de correcto funcionamiento.

Aclaración sobre las operaciones de mantenimiento que aplican:

Para aquellas operaciones de las tablas de mantenimiento donde se dice "si es aplicable", significa que

esas operaciones deben realizarse obligatoriamente solamente si existen los elementos a los que se hace

referencia.